Abogada de accidentes de tráfico en Zaragoza
Soy Lourdes Mozota Fatás, abogada especialista en accidentes de tráfico y seguros en Zaragoza, colegiada 2506 REICAZ desde 1991. Reclamo indemnizaciones íntegras por accidente de coche, moto, bici, patinete y atropello aplicando el Baremo de la Ley 35/2015. Soy letrada de la aseguradora GACM y sus filiales MAIF, MACIF y MATMUT en Zaragoza y Huesca, y también defiendo a personas lesionadas: conocer ambos lados del expediente es tu mejor garantía.
- Atención personal en despacho, con los documentos del accidente
- Reclamación íntegra de la indemnización que te corresponde por baremo
- Coche, moto, bicicleta, patinete eléctrico y atropellos
- Experiencia trabajando con aseguradoras
Abogada especialista en accidentes de tráfico en Zaragoza
Tras un accidente, la diferencia entre cobrar lo justo y aceptar lo que la aseguradora quiera pagarte está en el abogado que lleva tu caso. Llevo desde 1991 en el ejercicio activo y compatibilizo dos perspectivas que muy pocos despachos pueden ofrecer: la defensa de compañías de seguros como GACM, MAIF, MACIF y MATMUT, y la defensa de víctimas lesionadas. Conocer ambos lados del expediente es la mejor garantía de una reclamación bien planteada.
Reclamamos tu indemnización frente a la aseguradora
La aseguradora del culpable no es tu amiga: su trabajo es pagar lo menos posible. Aplicamos el Baremo de la Ley 35/2015 con rigor y reclamamos cada día de baja, cada secuela y cada perjuicio personal y patrimonial que te corresponde. Si la oferta motivada que te han enviado es insuficiente —y casi siempre lo es— vamos a juicio con un informe pericial médico independiente que sostiene tu reclamación.
Conocimiento técnico del baremoAtención en despacho para accidentes de coche, moto, bici o patinete
La consulta sobre tu accidente se hace en mi despacho, en el centro de Zaragoza, con los documentos del caso delante: atestado, informes médicos y, si la tienes, la oferta de la aseguradora. Esa es la única manera seria de analizar una reclamación. Atiendo accidentes de coche, motocicleta, ciclomotor, bicicleta, patinete eléctrico y atropellos a peatones.
Llámame para concertar cita: 876 212 665Derecho a abogado de libre designación
Aunque las aseguradoras proporcionan sus propios abogados, todo asegurado tiene derecho a un abogado de libre designación, es decir, a elegir la abogada que defienda sus intereses. La compañía asume la mayor parte de los honorarios profesionales dentro de los límites del contrato. Si tienes una póliza con defensa jurídica, es probable que ya estés pagando por este derecho: usémoslo a tu favor.
Tu derecho, tu elecciónOpiniones de víctimas de accidentes de tráfico
Reseñas verificadas de Google de personas que han confiado su reclamación a mi despacho. La opinión de quien ya ha pasado por un accidente es la mejor referencia.
¿Por qué elegir una abogada especialista en seguros y accidentes?
La diferencia entre cobrar lo justo y conformarte con la primera oferta motivada está en el dominio técnico del baremo y del procedimiento. Compatibilizo la defensa jurídica de compañías de seguros (GACM, MAIF, MACIF, MATMUT) con la defensa de personas lesionadas. Esa doble perspectiva me permite anticipar argumentos, identificar partidas omitidas y plantear cada reclamación con un nivel de detalle que es difícil obtener desde un solo lado del expediente.
Conocimiento técnico del baremo y del expediente de aseguradora
Cuando me ocupo de tu reclamación, no parto de cero. He llevado durante años expedientes desde la perspectiva de la compañía: sé cómo se calculan internamente las ofertas motivadas, qué partidas se cuestionan y qué documentación se exige para no rebajar la indemnización. Ese conocimiento técnico es el que aplico cuando defiendo a una persona lesionada: anticipo los argumentos, identifico partidas omitidas y planteo la reclamación con el detalle que la compañía esperaría de su propia letrada.
- Aplicación rigurosa del Baremo de la Ley 35/2015
- Análisis técnico del expediente y de la oferta motivada
- Atención personal y directa, sin intermediarios
Revisión de ofertas de indemnización bajas
La aseguradora del culpable está obligada por ley a remitirte una oferta motivada en un plazo de tres meses desde el siniestro. En la mayoría de los casos esas ofertas son insuficientes: infravaloran los días de baja impeditiva, ignoran el perjuicio personal particular, omiten secuelas anatómicas y estéticas que ya están informadas, y rebajan el lucro cesante. Si has recibido una propuesta, ven al despacho con la documentación y la estudio contigo punto por punto.
- Comparativa con el Baremo de la Ley 35/2015 punto por punto
- Detección de partidas omitidas: perjuicio moral, daño emergente, lucro cesante
- Informe pericial médico independiente cuando la valoración es insuficiente
Negociación con aseguradoras y vía judicial si es necesario
La mayoría de los casos se resuelven en fase extrajudicial mediante una negociación seria con argumentos técnicos y jurídicos, sin necesidad de pleitear. Pero cuando la aseguradora se cierra en banda o mantiene una oferta inaceptable, no dudo en presentar demanda en el juzgado competente. Voy a juicio cuando hay que ir.
- Negociación extrajudicial intensiva en los primeros 60-90 días
- Demanda judicial con perito médico de parte
- Intereses legales del artículo 20 LCS desde la fecha del siniestro
Consulta con una abogada de accidentes en Zaragoza hoy
Cada día que pasa después del accidente sin un abogado revisando tu caso es un día que juega a favor de la aseguradora. Las pruebas se enfrían, los testigos olvidan detalles, los partes médicos pierden conexión causal con el siniestro y los plazos de prescripción siguen corriendo. La consulta inicial se realiza en el despacho con los documentos del accidente: solo así puedo darte una valoración seria de tu caso.
Qué documentación necesitas para reclamar
Lo ideal es traer al despacho: el atestado o parte amistoso de accidente, los informes médicos de urgencias y los partes de baja/alta, los justificantes de gastos (medicación, fisioterapia, desplazamientos), las fotografías de los daños materiales y, si la tienes, la oferta motivada que te haya remitido la aseguradora. Si te falta documentación, la solicito directamente a la compañía o al juzgado.
Cuándo conviene contactar con una abogada
Lo antes posible. Idealmente en las primeras 72 horas tras el accidente, antes de hablar con la aseguradora contraria y antes de firmar nada. Si ya han pasado semanas o meses, sigue siendo el momento adecuado: el plazo general de prescripción para reclamar daños personales en accidente de tráfico es de un año desde la estabilización de las secuelas (artículo 1968.2 CC y artículo 7.3 LRCSCVM). No lo dejes para el último día: cuanto antes intervenga, más documentación útil podemos preservar.
Concierta cita en mi despacho
Llámame al 876 212 665 o escribe a lourdesmozota@reicaz.com para pedir cita. La consulta se realiza en mi despacho de Zaragoza con la documentación del accidente: atestado, informes médicos y la oferta de la aseguradora si la has recibido.
Reclamación de indemnización en todo tipo de accidentes de tráfico
Cada tipo de siniestro tiene su propia complejidad técnica, jurídica y médica. Llevo más de tres décadas atendiendo todas las modalidades de accidente que se producen en Zaragoza y provincia, desde la colisión más sencilla por alcance hasta los atropellos graves a peatones y los siniestros con vehículos huidos. Estas son las situaciones que reclamo habitualmente.
Accidentes de coche en Zaragoza
El accidente de turismo es la modalidad más frecuente en la provincia. Casi siempre intervienen las aseguradoras del culpable y del perjudicado, y la oferta motivada inicial suele dejarse partidas importantes sin compensar.
Colisiones por alcance y latigazo cervical
La aseguradora suele cuestionar el latigazo cervical alegando que la colisión fue de baja intensidad. Se rebate con biomecánica del impacto, partes de urgencias, rehabilitación e informe pericial. El esguince cervical grado I-II está reconocido en el baremo y se reclama día por día de baja impeditiva y secuela.
Accidentes en rotondas, cruces e incorporaciones
Son los siniestros donde más habitualmente se discute la culpa. Se analizan croquis del atestado, posición final de los vehículos, marcas de frenado y declaraciones de testigos. En Zaragoza ciudad las rotondas de la Z-30, Vía Hispanidad y Avenida de Cataluña concentran muchos casos.
Siniestros con culpa discutida
Cuando la aseguradora niega o reparte la culpa, hay que pelear la responsabilidad mediante pericial reconstructiva del accidente. Aún con culpa parcial del perjudicado, la indemnización se reduce proporcionalmente pero no se pierde el derecho a reclamar.
Accidentes de moto en Zaragoza
Los motoristas son el colectivo más expuesto en la carretera: en el mismo accidente, las lesiones suelen ser hasta cinco veces más graves que en un turismo. Defiendo a motoristas con experiencia específica en peritaje de siniestros con dos ruedas.
Lesiones habituales en motoristas
Fracturas en clavícula, tibia y peroné, lesiones en muñecas, hombros y rodillas, traumatismos craneoencefálicos pese al uso del casco y «síndrome del motorista» (lesiones en el brazo por la inercia del impacto). Cada secuela tiene su puntuación específica en el baremo y exige informe del traumatólogo y, en casos graves, del neurólogo.
Reclamación por daños en casco, ropa y vehículo
El casco, la cazadora con protecciones, los pantalones, las botas y los guantes técnicos forman parte del equipamiento de seguridad obligatorio o recomendado. Su sustitución es un gasto reembolsable. También se reclama la reparación o pérdida total de la motocicleta y la inmovilización del vehículo durante la reparación.
Accidentes por cambios de carril o falta de prioridad
El conductor del turismo argumenta a menudo que «no vio» al motorista. Es una constante que las aseguradoras intentan capitalizar para repartir culpas. La realidad jurídica es clara: la falta de atención no exime de responsabilidad y el principio de confianza protege al motorista que circulaba correctamente.
Atropellos en Zaragoza
El atropello es el accidente con mayor desproporción de fuerzas: el peatón soporta el 100 % del impacto contra un vehículo de más de una tonelada. Las lesiones son frecuentemente muy graves y las indemnizaciones, las más altas del baremo, junto con incapacidades permanentes y, en casos extremos, fallecimiento.
Indemnización para peatones atropellados
El peatón es el sujeto más protegido del baremo. Salvo conducta dolosa o gravemente negligente del propio peatón, la responsabilidad recae sobre el conductor del vehículo. Se reclama por lesiones temporales, secuelas, perjuicio personal particular (estético, ocio, sexual), incapacidad permanente y, en su caso, perjuicio a familiares por fallecimiento.
Atropellos en pasos de cebra
El paso de peatones es zona de máxima protección: el conductor está obligado a moderar la velocidad y ceder paso. El atropello en paso de cebra atribuye la culpa al conductor casi automáticamente, salvo prueba en contrario muy sólida. Reclamamos también el agravante por incumplimiento de norma básica de tráfico.
Casos con personas mayores o menores
Los atropellos a menores y a personas mayores merecen tratamiento específico. En menores, el baremo aplica perjuicio particular por pérdida de calidad de vida prolongada. En personas mayores, la rehabilitación suele ser más lenta y las secuelas pueden agravarse, lo que se traduce en mayor puntuación pericial y mayor indemnización.
Accidentes de bicicleta y patinete eléctrico
La movilidad personal está creciendo a un ritmo acelerado en Zaragoza, y con ella los accidentes con ciclistas y usuarios de VMP (Vehículos de Movilidad Personal). El marco normativo se ha actualizado en los últimos años y exige un conocimiento técnico específico que muchos despachos no manejan.
Reclamaciones por lesiones en carril bici
En carril bici el ciclista o usuario de patinete tiene preferencia. Las invasiones de coches, motos o peatones generan responsabilidad clara del invasor. Se reclama por las lesiones del ciclista o usuario de VMP, daños en la bicicleta o patinete y equipamiento personal.
Accidentes con vehículos, autobuses o taxis
Cuando un vehículo a motor (turismo, autobús urbano de TUZSA, taxi o VTC) colisiona con un ciclista o patinete, la aseguradora del vehículo es la que responde. La indemnización sigue las reglas del baremo de la Ley 35/2015 aplicado a los daños del usuario de movilidad personal.
Daños materiales y gastos médicos reclamables
Además de las lesiones físicas, se reclama la sustitución o reparación del vehículo (bicicleta, patinete eléctrico, bicicleta de pedaleo asistido), el casco, las gafas o las ropas dañadas, los gastos médicos no cubiertos por la sanidad pública, las sesiones de fisioterapia y rehabilitación y el lucro cesante si quedaste de baja en el trabajo.
Accidentes con vehículo sin seguro o dado a la fuga
Si el causante del accidente no tiene seguro, no es identificable o se ha dado a la fuga, no estás indefenso. Existe un mecanismo legal específico que cubre estos casos: el Consorcio de Compensación de Seguros. Es uno de los procedimientos más técnicos del derecho de tráfico y donde más se nota la experiencia de la letrada.
Cuándo interviene el Consorcio de Compensación de Seguros
El CCS responde cuando el vehículo causante no tiene seguro obligatorio en vigor, cuando se ha dado a la fuga sin poder identificarlo, cuando es un vehículo robado o cuando la aseguradora del culpable es declarada insolvente. Cubre los mismos conceptos que cualquier aseguradora privada: daños personales, secuelas, lucro cesante y, en daños materiales, solo si hubo lesiones corporales o el causante está identificado.
Cómo identificar la aseguradora mediante FIVA
Antes de acudir al Consorcio hay que descartar que el vehículo sí estuviera asegurado. El Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) permite consultar la aseguradora del vehículo causante a partir de la matrícula. Solicito la información de FIVA en cada caso y, si el vehículo estaba realmente asegurado, dirijo la reclamación a la compañía correcta.
Documentos necesarios para reclamar
Atestado de la Guardia Civil o Policía Local que recoja la huida o la falta de identificación del culpable, denuncia ante autoridad competente, parte amistoso si lo hubiera, informes médicos completos desde el primer momento, justificantes de gastos sanitarios y, si lo tienes, consulta previa al FIVA. Si te falta documentación, la solicito directamente al Consorcio o al juzgado.
Procedimientos judiciales y reclamaciones en accidentes de tráfico
Además de las reclamaciones extrajudiciales, llevo personalmente la dirección letrada en sala. Estas son las tres especialidades en las que más interviene el despacho cuando el accidente acaba en juicio.
Juicio por accidente de tráfico en Zaragoza
Cuando la negociación se rompe o la aseguradora mantiene una oferta inaceptable, demandamos en el juzgado competente. Llevo la dirección letrada en sala, con perito médico de parte y argumentación técnica frente a los peritos de la aseguradora.
- Demanda en juicio
- Perito médico independiente para cuantificar lesiones
- Intereses moratorios del artículo 20 LCS desde el siniestro
- Recursos de apelación ante las Audiencias Provinciales
Reclamación contra aseguradoras
Mi trayectoria profesional como letrada de GACM, MAIF, MACIF y MATMUT me da una ventaja decisiva: conozco los protocolos internos de las compañías, sus criterios de valoración y los argumentos que plantean en juicio. Esa misma experiencia técnica la aplico al servicio del cliente lesionado cuando me confía su reclamación.
- Análisis técnico de la oferta motivada y contraperitaje
- Reclamación por mala fe procesal y dilación injustificada
- Procedimientos frente a Mapfre, Mutua Madrileña, AXA, Allianz, Reale, Generali, Linea Directa, Pelayo y demás aseguradoras
- Recuperación de partidas omitidas por la aseguradora
Juicios de alcoholemia y delitos contra la seguridad vial
Defensa penal del conductor en delitos contra la seguridad vial: alcoholemia (art. 379 CP), conducción temeraria (art. 380), conducción sin permiso (art. 384) y negativa a someterse a pruebas. Cada caso se estudia desde la primera tasa hasta la cadena de custodia del etilómetro.
- Análisis técnico del etilómetro y posibles defectos formales
- Negativa a someterse a pruebas y derecho de defensa
- Reducción de pena, sustitución por trabajos comunitarios
- Recuperación del permiso de conducir y reincidencia
¿Cuánto puedes cobrar por tu accidente de tráfico?
La indemnización se calcula con el Baremo de la Ley 35/2015. Lo que recibes depende de las lesiones, los días de baja, las secuelas y la pérdida económica. Aquí tienes cifras orientativas reales según el tipo de caso.
Esguince cervical leve
Hasta 30 días de baja y 1-2 puntos de secuela. El caso más frecuente en alcances urbanos.
Fractura de muñeca o tobillo
Con escayola y 60 días de baja moderada. Indemnización por días impeditivos más secuela funcional.
Fractura con cirugía e ingreso
Tibia, peroné, cadera o clavícula con osteosíntesis. 4 meses de recuperación y secuela permanente.
Politraumatismo grave o incapacidad permanente
Ingreso en UCI, secuelas que impiden tu trabajo habitual o pérdida significativa de calidad de vida.
Las cifras son orientativas para 2026 y dependen de tu edad, profesión, días concretos de baja y documentación médica. Para un cálculo real de tu caso, pide cita en el despacho con la documentación del accidente.
Cálculo personalizado de tu indemnización
Pide cita en el despacho con la documentación de tu accidente. Con tu parte médico, el atestado y la oferta de la aseguradora (si la tienes) hago un cálculo personalizado y te explico el procedimiento para reclamar.
Dudas habituales después de un accidente de tráfico
Las preguntas que recibo todas las semanas en consulta. Si tu duda no está aquí, llámame en horario de despacho o escríbeme a lourdesmozota@reicaz.com.
¿Tengo derecho a elegir abogado aunque mi seguro me asigne uno?
Sí, todo asegurado tiene derecho a abogado de libre designación. Aunque las aseguradoras proporcionan sus propios abogados, la Ley de Contrato de Seguro reconoce expresamente el derecho del asegurado a elegir libremente al abogado que defienda sus intereses, especialmente cuando puede haber conflicto de intereses (por ejemplo, si el conductor culpable y tú estáis asegurados por la misma compañía). La aseguradora cubre la mayor parte de los honorarios profesionales dentro de los límites económicos del contrato. Si tienes una póliza con defensa jurídica, es muy probable que ya estés pagando por este derecho: úsalo a tu favor designándome como tu abogada de libre elección.
¿Cuánto cuesta contratar una abogada de accidentes de tráfico?
Depende del caso. Los honorarios se ajustan al volumen y complejidad de la reclamación y se pactan por escrito desde el primer momento, sin sorpresas ni costes ocultos. Si tienes un seguro con cobertura de defensa jurídica, tu aseguradora cubrirá la mayor parte de los honorarios profesionales dentro de los límites de tu póliza, ya que todo asegurado tiene derecho a abogado de libre designación. En muchos casos también se puede pactar parte de la minuta a éxito (un porcentaje de la indemnización obtenida). Las costas judiciales, si las hay, las suele asumir la aseguradora condenada cuando la sentencia es favorable.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después del accidente?
El plazo general de prescripción para reclamar daños personales por accidente de tráfico es de un año desde la estabilización de las secuelas (artículo 1968.2 del Código Civil y artículo 7.3 LRCSCVM). Si las lesiones todavía no están curadas, el plazo no ha empezado a correr. Para daños materiales el plazo es de un año desde el siniestro. Cualquier reclamación extrajudicial bien hecha (burofax, demanda de conciliación) interrumpe la prescripción y reinicia el cómputo. Llama cuanto antes para no perder derechos.
¿Debo aceptar la oferta motivada que me ha enviado la aseguradora?
No firmes nada sin que la revise un abogado independiente. La oferta motivada es la propuesta de indemnización que la compañía está obligada a remitirte en un plazo de tres meses desde el siniestro (artículo 7.2 LRCSCVM). En mi experiencia, la inmensa mayoría son insuficientes: infravaloran días de baja impeditiva, omiten secuelas anatómicas y estéticas, ignoran el perjuicio personal particular y rebajan el lucro cesante. Si la firmas y resulta que te faltan miles de euros, perderás el derecho a reclamarlos. Pide cita en el despacho con la oferta y la documentación médica y la analizamos punto por punto.
¿Cuánto puedo cobrar por un latigazo cervical?
Depende de los días de baja y de los puntos de secuela. Un esguince cervical leve con 30 días impeditivos y 1-2 puntos de secuela ronda entre 2.500 € y 4.500 €. Un latigazo cervical moderado con 60-90 días de baja y 3-4 puntos puede superar los 7.000 €. La cifra exacta depende del baremo de la Ley 35/2015, tu edad, ocupación y la calidad del informe médico. La aseguradora suele cuestionar el latigazo cervical alegando «baja intensidad del impacto»; con peritaje médico independiente se rebate y se cobra lo que corresponde.
¿Qué hago si el conductor culpable se ha dado a la fuga o no tiene seguro?
No estás indefenso. Existe el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), un organismo público que cubre justamente estos casos: vehículo sin seguro, fuga sin identificación, vehículo robado o aseguradora declarada insolvente. Antes de acudir al CCS hay que descartar que el vehículo sí estuviera asegurado consultando el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). Llevo personalmente este tipo de procedimientos, que son los más técnicos del derecho de tráfico. Necesitas atestado de Guardia Civil o Policía Local que recoja la huida o falta de identificación.
¿Tengo derecho a indemnización si yo también tuve algo de culpa?
Sí. La culpa parcial del perjudicado no elimina el derecho a indemnización, solo lo reduce proporcionalmente al porcentaje de culpa atribuido. Por ejemplo, si te atribuyen un 20% de culpa y la indemnización total son 10.000 €, cobrarás 8.000 €. Cuando la aseguradora te niega el cobro alegando culpa exclusiva o reparto, hay que pelear el porcentaje mediante pericial reconstructiva del accidente, croquis del atestado y declaraciones de testigos. Es uno de los puntos donde más diferencia hay entre una reclamación bien planteada y una que no lo está.
¿Necesito ir a urgencias el día del accidente aunque no me duela mucho?
Sí, sin excepciones. Aunque pienses que no es grave, ve a urgencias el mismo día del accidente o en las 72 horas siguientes. El informe de urgencias es la prueba más importante de toda tu reclamación: si no lo tienes, la aseguradora alegará que no hay «criterio cronológico» (uno de los cuatro criterios de causalidad del artículo 135 del baremo) y rechazará el latigazo cervical, las contusiones o las molestias musculares. Exige que el parte recoja la hora del accidente, el mecanismo del impacto, la exploración clínica y la baja médica si procede. Este informe puede valer miles de euros en tu reclamación.
¿Cuánto tarda en cobrarse la indemnización por un accidente?
Depende de si el caso se resuelve extrajudicialmente o llega a juicio. En vía extrajudicial, la mayoría de los expedientes se cobran entre 6 y 12 meses desde la reclamación inicial, una vez estabilizadas las secuelas. Si la aseguradora se cierra y hay que demandar, el juicio en el juzgado de primera instancia de Zaragoza se señala habitualmente entre 8 y 14 meses, más sentencia y ejecución: en total entre 18 y 24 meses. La ventaja de ir a juicio cuando hay que ir es que se reclaman además los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, que pueden incrementar significativamente la cantidad final.
¿Qué pasa si soy autónomo y el accidente me deja sin facturar?
Los autónomos son uno de los perfiles con mayor potencial de indemnización, pero también de los que más dejan dinero sobre la mesa por desconocimiento. Además de los días de baja del baremo, puedes reclamar el lucro cesante real: los ingresos netos que has dejado de percibir durante el periodo de incapacidad. Se calcula con tus declaraciones de IRPF, los trimestrales de IVA y la facturación histórica. En muchos casos esto añade entre 1.500 y 5.000 € (o más) a la indemnización del baremo. Lleva tu documentación contable a la primera consulta y lo calculamos en el momento.
¿Puedo elegir mi propio perito médico o tengo que aceptar el de la aseguradora?
Tienes derecho a designar tu propio perito médico independiente. El perito de la aseguradora trabaja para la aseguradora y, en mi experiencia profesional habiendo defendido a compañías de seguros durante años, tiende a minimizar la valoración de lesiones y secuelas. Un perito médico independiente de tu parte evalúa los días impeditivos reales, puntúa las secuelas conforme al baremo y elabora un informe que se aporta a la reclamación extrajudicial o al juicio. Suele marcar la diferencia entre la oferta inicial baja y la indemnización justa.
¿Puedo reclamar daño moral por un accidente de tráfico?
Sí. El baremo de la Ley 35/2015 contempla varios conceptos de perjuicio personal particular que recogen lo que coloquialmente llamamos «daño moral»: pérdida de calidad de vida (leve, moderada, grave o muy grave), perjuicio estético (cicatrices visibles, alteraciones del aspecto), perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares y daño psicológico documentado. Cada uno tiene su propia partida y se reclama por separado. Es un concepto que las aseguradoras suelen omitir o reducir en sus ofertas motivadas, y donde se puede recuperar mucho dinero con peritaje psicológico y documentación adecuada.
¿Y si el accidente fue grave y tengo una incapacidad permanente?
Las indemnizaciones en accidentes con incapacidad permanente son las más elevadas del baremo y pueden superar fácilmente los 60.000-150.000 € según el grado (parcial, total, absoluta o gran invalidez) y tu edad y profesión. Además de la indemnización del baremo, puedes solicitar la pensión de incapacidad permanente al INSS y, si las secuelas te impiden tu trabajo habitual, la incapacidad se suma al baremo como factor de corrección por perjuicio económico futuro (artículo 131). En estos casos, la diferencia entre una reclamación bien planteada y una mal hecha puede ser de decenas de miles de euros. Llámame cuanto antes para revisar tu caso con detalle.
¿Dónde se encuentra mi despacho en Zaragoza?
Mi despacho está en pleno centro de Zaragoza, en la Calle Joaquín Costa, junto al Paseo de la Independencia y a pocos minutos andando de Plaza de los Sitios y Plaza Aragón. Para una consulta es necesario concertar cita previa por teléfono o por email.
Teléfono
Para pedir cita o cualquier consulta sobre un accidente, llama dentro del horario de despacho.
876 212 665Email del despacho
Si prefieres escribir, envíame un correo describiendo brevemente tu caso y te respondo en horario de despacho.
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- Lunes10:00 – 19:00
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